El contrato administrativo de servicios es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera subordinada. Se rige por normas especiales y confiere a las partes únicamente los beneficios y las obligaciones inherentes al régimen especial.
El contrato administrativo de servicios es de plazo determinado. La duración del contrato no puede ser mayor al período que corresponde al año fiscal respectivo dentro del cual se efectúa la contratación; sin embargo, el contrato puede ser prorrogado o renovado cuantas veces considere la entidad contratante en función de sus necesidades.
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Aplicable desde el CAS 046-2020 hasta el CAS 064-2020. Aplicable desde el CAS 027-2020 hasta el CAS 045-2020 (reanudación). Aplicable desde el CAS 027-2020 hasta el 15 de marzo del 2020. Aplicable desde el CAS 001-2020 hasta el CAS 026-2020. Aplicable desde el CAS 148-2019 hasta el CAS 151-2019. Aplicable desde el CAS 123-2019 hasta el CAS 147-2019. Aplicable desde el CAS 107-2019 hasta el CAS 122-2019. Aplicable desde el CAS 086-2019 hasta el CAS 106-2019. Aplicable desde el CAS 060-2019 hasta el CAS 085-2019. Aplicable desde el CAS 046-2019 hasta el CAS 059-2019. Aplicable desde el CAS 040-2019 hasta el CAS 045-2019. Aplicable desde el CAS 021-2019 hasta el CAS 039-2019. Aplicable desde el CAS 002-2019 hasta el CAS 020-2019. Aplicable desde el CAS 073-2018 hasta el CAS 001-2019.
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